miércoles, 19 de septiembre de 2018

Bomberos de Penco: Aun no dan cuenta pública de lo recaudado en colecta pasada.

  • Informaciones extraoficiales señalan que monto recaudado estaría en los $ 3 millones.
  • ¿Alcalde estaría informado antes de autorizar, que colecta en tarro esta prohibida por la Junta Nacional? No se han cumplido artículos del Decreto Supremo N° 955. 
  • Colecta fue en tarro y se contravino orden de la Junta Nacional de Bomberos que habla de transparencia.


Efectivamente, no existe ninguna comunicación de carácter institucional dando cuenta de la cantidad de dinero reunido mediante la colecta realizada en tarros los días 8 y 9 de septiembre pasados, tampoco un agradecimiento a la comunidad por haber donado y menos en qué se gastará el dinero. Sin embargo versiones extraoficiales señalan que el máximo timonel de bomberos Penco, Marcos Parada Zúñiga y el directorio, habrían señalado que el monto reunido es cercano a los $3 millones de pesos. 

Esto llama profundamente la atención ya que últimamente al Superintendente y el directorio les gusta mucho los comunicados institucionales. Al cierre de nuestra edición consultamos la página donde publican no existiendo absolutamente ninguna información respecto de la colecta, solo observamos comunicados en los cuales faltan completamente a la verdad y que han sido desmentidos, como es nuestra línea editorial: informar siempre con la verdad y con documentos soportantes. No existe ningún ánimo de infamar, agraviar o blasfemar, así como no existen dudas de la actividad realizada el pasado 8 y 9 de septiembre, y por transparencia debiera estar disponible la información para que cualquier persona pueda consultar.

Por lo anterior es que el máximo organismo de Bomberos en Chile, la Junta Nacional es muy delicada en esta materia señalando “Debemos hacer presente, también, que en la discusión de la ley Nº 20.564 en el Congreso Nacional, tanto Diputados como Senadores hicieron ver lo negativo que significa para la imagen pública de Bomberos, en el plano nacional como internacional, verlos pidiendo dinero, con el uniforme de trabajo, lo cual se refuerza con el nuevo marco jurídico que se ha entregado con dicha ley” más adelante la junta es enfática “solicitamos encarecidamente a los señores Superintendentes que arbitren todos los medios disponibles para que se terminen definitivamente estos procedimientos. Bomberos de Chile es una institución profundamente arraigada en el alma nacional, ha merecido y merece la admiración de la ciudadanía y no deberíamos empañarla con este tema que nos preocupa”. 


En tanto, en un contacto telefónico sostenido con el Presidente Regional de la Junta de Bomberos, el pasado 5 de septiembre, al ser consultado por Primera Página sobre la colecta en tarro dijo “nunca se hablo de colecta del tarro", el Superintendente solicitaría los permisos correspondientes para una colecta con alcancías” y más adelante recalcó “que la Junta Nacional de Bomberos es muy clara y se deben eliminar las colectas en tarro”. Al analizar las declaraciones del mandamás de Bomberos en la región, el Superintendente Marcos Parada Zúñiga habría cometido presuntamente una tremenda irregularidad ya que dicha campaña se realizó en tarros. además, por otro lado, aparentemente ha faltado completamente al Decreto Alcaldicio 03.3899, que le autoriza a la colecta conforme “lo dispuesto en el Decreto N° 955, Artículo 21 y siguientes”.Lo que habría incurrido en incumplimiento a: "Artículo 24 Los solapines deberán llevar el nombre de la institución beneficiaria o su distintivo. Artículo 25 Las erogaciones sólo podrán recibirse en alcancías numeradas y controladas por el Intendente o Gobernador respectivo o las personas que designen en su representación, Artículo 26° Dichas autoridades presidirán el acto de apertura de las alcancías en los lugares por ellas fijados, debiendo levantarse un acta en la que conste el número de alcancías empleadas y el monto de los dineros recaudados. Artículo 27°- Una copia del acta indicada en el artículo precedente, debidamente firmada por la autoridad de Gobierno o la persona que designe en su representación y por los mandatarios de la institución, deberá ser remitida al Ministerio del Interior conjuntamente con el informe que trata la letra c) del artículo 3° de este reglamento. Artículo 29°- Prohíbanse las colectas que no cumplan con los requisitos que establece el presente Reglamento". En este último artículo la pregunta es si el alcalde antes de autorizar la colecta tendría conocimiento que la Junta Nacional de Bomberos prohíbe la colecta del "tarro". Además presuntamente se habría transgredido completamente la orden emanada de la Junta Nacional de Bomberos. Al cierre de está edición nos fue imposible contactarnos con comunicaciones de la Junta Nacional para conocer una versión.

Las cosas deben hacerlas bien señalaban círculos de bomberos, siempre hacen las cosas "al como creen que deben ser". Todo lo anterior sumado a una serie de situaciones han pasado las barreras del límite producto de una serie de desatinos, mentiras, amenazas, vocabulario impropio usado por oficiales y algunos voluntarios y malas de actuaciones que han calado fuerte tanto en bomberos activos como pasivos.