domingo, 24 de julio de 2022

Bomberos Penco: Solicitan prorroga ante Corte de Apelaciones, por no contar “disponibilidad horaria de integrantes de consejo disciplina”.

  • Podrían ser acciones dilatorias para reunir los antecedentes que no se habrían cumplido en el proceso de expulsión de ex voluntario.


Al parecer en las últimas horas de la tarde de ayer ingresó a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción un escrito de César Jara Torres, en qué confiere patrocinio de poder al abogado, Alejandro Vera Vera, para que actúe en representación de la institución en el caso del recurso de protección interpuesto por el ex voluntario Luis Sanfuentes Escobar.
Tal como lo confirmó Primera Página, realizara el monitoreo de esta acción judicial, que de acuerdo con las indagaciones realizadas esta mañana, se señaló que el escrito presentado estaría fuera de plazo, hecho ciertamente no confirmado por nuestro medio.

En el escrito hecho llegar al órgano judicial indica “con la finalidad de proveer los antecedentes completos que permitan una adecuada resolución del asunto, se ha observado la necesidad de tomar contacto con Consejeros de Disciplina que participaron en el Consejo Superior de Disciplina del Cuerpo de Bomberos de Penco, Bomberos Honorarios que no cuentan con la completa disponibilidad horaria para concurrir al Cuartel General de la Institución, atendiendo al carácter voluntario de los servicios prestados, no pudiendo aun tomar contacto con dichos Honorarios”. Podrá ser probablemente una especie de maniobra dilatoria a fin de tener el tiempo necesario para regularizar el proceso administrativo y de respaldo del consejo superior de disciplina eventualmente mal desarrollado por el Cuerpo de Bomberos de Penco. Según lo compilado por nuestro medio se señaló que los consejeros deambulan normalmente por el cuartel, si bien no todos los días, pero es muy “demasiado fácil convocarlos”, confirmó una fuente.

Informaciones pesquisadas esta mañana al consultar algunas fuentes cercanas al directorio y de los propios consejeros darían cuenta que posiblemente no habría documentos soportantes de la resolución tomada por el consejo de disciplina compuesto por Rodrigo González Díaz; Desiderio Fuentes Contreras y Jorge González Rocha. De acuerdo a lo que señala la presentación del recurso el ex voluntario Luis Sanfuentes Escobar, fue informado verbalmente que sería dispuesto al consejo superior de disciplina no existiendo probablemente un respaldo escrito. Por otra parte, no existió un oficial integrante del consejo superior de disciplina que tuviera a su cargo en conjunto con la secretaria general de la institución en su carácter de ministro de fe, realizar la indagatoria previa a la imputación de los cargos momento en que el imputado hiciera saber sus descargos. En síntesis, el ahora ex voluntario pasó directamente a la reunión con los tres consejeros sin la presencia como lo señala el antiguo reglamento de la secretaria general, sumado a la presencia del superintendente quien preside sin derecho a voto. Se desconoce si se dejó constancia de la reunión y si se entregó una copia para el propio imputado.


 

viernes, 22 de julio de 2022

Bomberos de Penco: Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción, admitió recurso de protección en contra de la institución.

  • No se habrían dado las condiciones de un debido proceso. Denuncian además conformación mal realizada del consejo superior de disciplina.

Efectivamente una vez más, el Cuerpo de Bomberos de Penco, está involucrado y hace noticia en el aspecto judicial, recordemos que el año 2016 tuvieron a su haber varios hechos presentados por los voluntarios al cometer la institución una serie de falta a sus derechos fundamentales. Es preciso recordar la frase que una oportunidad emitiera Raúl Moraga Roa, de una total aberración y falta total de conocimiento al señalar que los cuerpos de bomberos “no se regían” por la Constitución política del Estado.
Los hechos que llevaron a presentar el libelo a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción y que fuera declarado admisible en favor del ex voluntario de la primera compañía, ex segundo comandante y ex tesorero general de la institución Luis Sanfuentes Escobar, es patrocinado por el jurisconsulto Benjamín Fuentes Germany. El texto señala que se recurre de protección en contra de la decisión del Consejo Superior de Disciplina del Cuerpo de Bomberos de Penco, que consta en resolución de 10 de junio de 2022, y que dispone la expulsión o baja. El hoy ex voluntario estuvo mucho tiempo sin ser llamado a comparecer ante un consejo de disciplina que según el texto podría tener vicios en el llamado debido proceso. Se puede deducir que probablemente el órgano que emitió sentencia en contra del voluntario estaría integrado por personajes que probablemente no cuentan con  las capacidades, competencia y formación académica para una función tan delicada. Una fuente señaló que César Jara Torres, transgrediendo sin piedad el vetusto estatuto y reglamento habría propuesto conformar un estamento de apelación, lo que resultaría completamente descaminado y fuera de lugar. Esto último cabe mencionar pareciera que ni Jara ni los directores de las compañías han tenido las competencias necesarias para sentar las bases a un nuevo estatuto y reglamento y para hacer saber los posibles errores que cometen lo que pudiera ser tiene a la institución entrampada y sin avances.

Más adelante señala el escrito que se han quebrantado las garantías constitucionales contemplada en el artículo 19 de la Constitución Política de la República números 21 indica el Abogado, que se refiere al derecho a la integridad psíquica, N° 3 no respetar los debidos procesos. Esto último es un hecho que prácticamente se ha normalizado en bomberos de Penco. Cita más adelante el profesional el artículo 24, “es decir, el derecho de propiedad".
En tanto en la presentación al organismo judicial es posible verificar los posibles vicios existentes en la conformación del consejo superior de disciplina y lo que es más grave aún, que los propios integrantes pudieran tener el descaro de no abstenerse de participar sabiendo que no les corresponde por reglamento ocupar un lugar en el órgano disciplinario. El consejo superior de disciplina estuvo integrado según señala el texto presentado a la Ilustrísima Corte de Apelaciones por: Rodrigo González Díaz: de la segunda compañía quién hizo de presidente. “Este voluntario no cumple con lo exigido por el reglamento vigente para ser consejero superior de disciplina y su nombramiento no es válido por no ser miembro honorario del directorio del Cuerpo de Bomberos como lo indica el artículo 25 de los Estatutos del Cuerpo de Bomberos de Penco” el siguiente integrante también pertenece a la segunda compañía Desiderio Fuentes Contreras, “No le consta al recurrente cuándo y cómo fue nombrado” como miembro del directorio y finalmente Jorge González Rocha: que también se desconocería su calidad de honorario del cuerpo de Bomberos.
Con todo lo anterior se señala claramente que el actuar del Cuerpo de Bomberos de Penco, en la materia sería totalmente ilegal, arbitrario y no se cumpliría con ninguna garantía en el llamado debido proceso que esta establecido en la Constitución de la República. En la presentación del abogado Fuentes Germany indica que Luis Sanfuentes Escobar, fue juzgado y sancionado por una “comisión especial” designada en “secreto, con el solo objeto de juzgarlo y no de forma previa como lo indica el artículo señalado. Incluso esta misma comisión especial ni siquiera fue conformada de acuerdo con el propio procedimiento establecido en los Estatutos”. Más adelante la presentación dice al órgano judicial, que Sanfuentes no habría podido conocer los cargos en su contra y “no tuvo derecho a defensa por escrito, no hubo plazos, menos una etapa probatoria y no tuvo derecho a presentar recursos". Finalmente agrega el párrafo, no se le indicó ninguna norma Estatutaria que supuestamente habría sido incumplida.

Al término de la presentación ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción, el escrito revela y reitera la vulneración y además las garantías del artículo 19 número 1 y 24 “ya que con las acciones o actos de la recurrida (Bomberos Penco), el actor se encuentra sumido en una depresión y angustia al estar fuera de una institución por la cual él ha destinado los últimos 12 años de su vida, agregando el malestar por el descrédito que sufre por enfrentar acusaciones de la gravedad que tienen las indicadas en la resolución en cuestión. Asimismo, ha visto afectado su derecho de propiedad sobre el cargo de voluntario de bomberos que detentaba, ya que ha sido de baja de manera injusta, arbitraria e ilegal” concluye el libelo.
El jurista señala a la Corte de Apelaciones que, atendido a lo expuesto en lo principal, se dicte una orden de no innovar decretando la suspensión de la medida de expulsión o baja del recurrente, notificando al efecto a la recurrida.

El Cuerpo de Bomberos de Penco, está haciendo uso de los plazos otorgados por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción. Seguiremos informando además de la denuncia existente en la Inspección Provincial del Trabajo. Al cierre de está edición voluntarios se han comunicado con nuestra redacción señalando que se evalúa presentar un nuevo recurso de protección.